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El funcionamiento y la organización de
los Equipos Generales de Orientación Educativa y Psicopedagógica
vienen determinados por la instrucciones de principio de curso de
la Viceconsejería de Educación del Principado de Asturias.
Éstas establecen las prioridades y los criterios para el
cumplimiento de nuestras funciones.
El criterio organizativo prioritario para la distribución
de Centros Públicos de Infantil y Primaria a cada Psicólogo
o Pedagogo del Equipo será la adscripción pedagógica
del Centro al Instituto de Educación Secundaria de referencia.
El Equipo General tendrá como referencia para
proponer la atención a los centros del sector los siguientes
criterios:
- Centros de Integración Preferente. Centros
con Aula Sustitutoria de Educación Especial y Centros de
Educación Especial que no dispongan de Orientador.
- Centros que escolaricen un número significativo
de alumnos con necesidades educativas especiales que desarrollen
Programas de Compensación Educativa y que escolaricen alumnos
pertenecientes a minorías culturales.
- Centros Rurales Agrupados.
- Centros de Educación Primaria que imparten
Primer Ciclo de la ESO.
- Centros que, por las especiales características
del Proyecto Educativo y del Proyecto curricular de Etapa que
están llevando a cabo, pueden requerir un apoyo especializado
de los equipos.
- Resto de centros públicos del sector, teniendo
en cuenta para ello las necesidades de estos centros y las posibilidades
reales de los equipos para atisfacerlas.
- Centros concertados:
- Educación Infantil y Primaria: En los
centros que no dispongan de orientador en estas etapas se
atenderá a las demandas de evaluación psicopedagógica
de alumnos para determinar sus necesidades educativas especiales
y realizar su orientación hacia la modalidad de escolarización
más adecuada y la propuesta de centros en los que estos
alumnos podrían escolarizarse, o bien la revisión
de dicha escolarización. En los centros con orientador
en estas etapas; recogida, supervisión y envío
a las Comisiones de Escolarización de los Dictámenes
de Escolarización que realicen los orientadores de
los centros adscritos.
- Educación Secundaria Obligatoria: Colaboración
en el proceso de elaboración de los Dictámenes
de Escolarización que realicen los orientadores de
los centros adscritos.
Los profesores técnicos de servicios
a la comunidad priorizarán sus actuaciones en base a los
siguientes criterios:
- Centros de Infantil y Primaria que desarrollan
Programas de Compensación Educativa, Centros de Educación
Especial y Centros de Integración Preferente.
- Colaboración, a través de los órganos
colegiados de los centros, en el establecimiento de estrategias
de prevención e intervención para el absentismo
escolar, desarrollando medidas que favorezcan las relaciones con
la familia y otras instituciones en coordinación con los
servicios municipales.
- Colaboración con los centros en el establecimiento
de propuestas de mejora de la convivencia y de los mecanismos
de participación de los componentes de la comunidad educativa.
- Colaboración en la valoración y organización
de la respuesta al alumnado con necesidades educativas especiales.
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