Actuaciones
PROGRAMAS DE ACOGIDA EN LOS CENTROS EDUCATIVOS
La responsabilidad de la acogida del alumnado recientemente incorporado al sistema educativo recae en primer lugar en el centro educativo en el que estén matriculados y en todos los profesionales que allí trabajan. Con esta finalidad se ha de establecer un plan de acogida en cada centro educativo, enmarcado en el plan general de atención a la diversidad, en el que se concreten todas las actuaciones a llevar a cabo con este alumnado y que les va a permitir una escolarización plena y acceso al currículum ordinario.
Referencia normativa:
Primaria
Circular de 13 de junio de 2007 de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se dictan instrucciones para la implantación en el curso 2007- 2008 de las enseñanzas definidas en el Decreto 56/2007, de 24 de mayo, por el que se regula la ordenación y establece el currículo de la Educación primaria en el Principado de Asturias:
Este programa tiene como objetivo facilitar el proceso de escolarización y la adaptación e integración del alumnado extranjero al entorno escolar y favorecer en el centro un clima de convivencia, respeto y tolerancia, potenciando los valores que la diversidad cultural aporta a la comunidad escolar. Los centros docentes, incorporarán el programa de acogida sociolingüística para alumnado extranjero al plan de atención a la diversidad.
ESO
Circular de 19 de junio de 2007 de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se dictan instrucciones para la implantación en el curso 2007- 2008 de las enseñanzas definidas en el Decreto 74/2007, de 14 de junio, por el que se regula la ordenación y establece el currículo de la Educación secundaria obligatoria en el Principado de Asturias.
Los centros docentes, dentro del plan de atención a la diversidad, incorporarán el programa de acogida sociolingüística para alumnado extranjero. Este programa tiene como objetivo facilitar el proceso de escolarización y la adaptación e integración del alumnado extranjero al entorno escolar y favorecer en el centro un clima de convivencia, respeto y tolerancia, potenciando los valores que la diversidad cultural aporta a la comunidad escolar.

Orientaciones para la Acogida Sociolingüística de Alumnado Inmigrante
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FLEXIBILIZACIÓN DE LA ESCOLARIZACIÓN
El alumnado de otros países que se incorpora a nuestro sistema educativo puede presentar dificultades para acceder al currículo de las materias, bien por desconocer la lengua vehicular de la enseñanza o por proceder de sistemas educativos diferentes. Se debe efectuar una evaluación inicial de su nivel de competencia en lengua castellana y de sus competencias en las materias instrumentales y del resultado de esta evaluación inicial y de lo observado durante los primeros días en los que acude alcentro en cuanto a hábitos escolares y habilidades de adaptación al nuevo entorno, puede ser aconsejable en algunos casos, incorporarles a un curso anterior al que les corresponde por edad. La solicitud se tramitará a la Dirección General de Políticas Educativas y Ordenación Académica.
Normativa:
Primaria
Circular de 13 de junio de 2007 de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se dictan instrucciones para la implantación en el curso 2007- 2008 de las enseñanzas definidas en el Decreto 56/2007, de 24 de mayo, por el que se regula la ordenación y establece el currículo de la Educación primaria en el Principado de Asturias:
Los alumnos y alumnas que presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de más de un ciclo, podrán ser escolarizados en el curso inferior al que les correspondería por edad. En el supuesto anterior, los centros docentes podrán solicitar a la Dirección General de Ordenación Académica e Innovación la incorporación del alumno o alumna a un curso inferior al que le corresponde por edad. El Director o Directora del centro docente acompañará a la solicitud los informes del tutor o tutora y del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica justificando dicha medida, la conformidad de los padres o tutores legales, y las medidas de refuerzo que se van a aplicar para facilitar su integración escolar y la recuperación de su desfase escolar, de acuerdo con lo que establece el artículo 20.2 del citado Decreto 56/2007, de 24 de mayo.
ESO
Circular de 19 de junio de 2007 de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se dictan instrucciones para la implantación en el curso 2007- 2008 de las enseñanzas definidas en el Decreto 74/2007, de 14 de junio, por el que se regula la ordenación y establece el currículo de la Educación secundaria obligatoria en el Principado de Asturias.
Los alumnos y alumnas que presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de dos o más años, podrán ser escolarizados en uno o dos cursos inferiores al que les correspondería por edad, siempre que dicha escolarización les permita completar la etapa en los límites de edad establecidos con carácter general, y se realizará atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico. En el supuesto anterior, los centros docentes podrán solicitar a la Dirección General de Ordenación Académica e Innovación la incorporación del alumno o alumna a uno o dos cursos inferiores al que le corresponde por edad. La solicitud firmada por el titular de la dirección del centro irá acompañada del informe del tutor o tutora especificando el nivel de competencia curricular, del informe elaborado por el orientador del centro docente con las medidas de refuerzo que se van a aplicar para facilitar su integración escolar y la recuperación de su desfase escolar y de la conformidad de los padres o tutores legales con la medida propuesta.
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TUTORÍAS DE ACOGIDA
Los centros educativos sostenidos con fondos públicos que escolarizan un número importante de alumnado extranjero en las etapas de educación obligatoria pueden contar con un profesor o profesora del claustro como Tutor o Tutora de Acogida.
Este profesor o profesora, nombrado por el Director o la Directora del centro, podrá contar en su horario individual con tres horas lectivas dedicadas a las tareas que se establecen a continuación:
- Planificar y dinamizar, conjuntamente con el Equipo Directivo y con el asesoramiento del Departamento de orientación o del Equipo de Orientación Educativa el programa de acogida del centro y coordinar las actuaciones encaminadas a la educación intercultural de todo el alumnado
- Recopilar la información necesaria sobre el alumno o la alumna recién llegado y colaborar con el Orientador o la Orientadora en la evaluación inicial encaminada a definir un plan de trabajo individual que responda a sus posibles necesidades específica
- Mantener contacto con las familias para facilitar la incorporación del alumnado al centro, transmitirles la información necesaria sobre nuestro sistema educativo y la organización del centro, así como el plan de trabajo que se va a llevar a cabo con el alumno o alumna
- Transmitir al tutor o tutora del grupo respectivo y a su profesorado la información obtenida sobre el alumnado de reciente incorporación y realizar el seguimiento del plan de trabajo diseñado para cada alumno en colaboración del tutor o tutora del grupo y su profesorado
- Podrá intervenir también con el alumnado de reciente incorporación en la enseñanza de la lengua castellana como segunda lengua y/o en el refuerzo para la adquisición de unas competencias instrumentales básicas, bien en el aula de acogida y acceso al currículo, si el centro dispone de una, o en horas de apoyo o agrupamientos flexibles que se establezcan para tal fin y que se computarán en su horario individual, además de las correspondientes a la tutoría de acogida
Los tutores y tutoras de acogida reciben una formación específica inicial sobre educación intercultural, estrategias de dinamización del aula y del centro y la enseñanza de la lengua castellana como segunda lengua a través de la red de Centros de Formación del Profesorado.
Criterios de selección de los centros
- Centros de Educación Infantil y Primaria que escolaricen un número de alumnado extranjero en la etapa obligatoria igual o superior a 15 y que suponga a la vez un 10% del alumnado del centro
- Institutos de Educación Secundaria con un número de alumnado extranjero igual o superior a 15 alumnos y alumnas y que a la vez suponga un 5% del alumnado del centro
- Centros concertados que escolaricen un número de alumnado extranjero en las etapas obligatorias igual o superior a 15 y que suponga a la vez un 10% del alumnado del centro
Propuestas y materiales para la tutoría de acogida
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AULAS DE ACOGIDA Y ACCESO AL CURRÍCULO
Descripción
Estructuras organizativas que permiten tener previstas una serie de medidas metodológicas, didácticas, curriculares y de agrupamiento para garantizar tanto el aprendizaje intensivo de la lengua castellana como el acceso a las materias instrumentales básicas al alumnado extranjero de incorporación tardía al sistema educativo y que, por su edad, le corresponde ser escolarizado en los ciclos 2º y 3º de Educación Primaria o en Secundaria Obligatoria.
Destinatarios
Alumnado de nueva incorporación a los centros educativos que por edad les corresponda la escolarización en el 2º o 3º ciclos de Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria y que, tras la evaluación inicial, presenten:
- un nivel de español bajo o nulo (alumnado de otras lenguas maternas)
- y/o carencias en las competencias instrumentales básicas que les dificulten el acceso al currículo ordinario (alumnado de origen latinoamericano)
Centros
Según las circulares que las regulan, actualmente, centros educativos con elevado número de alumnado inmigrante: que escolaricen un número de alumnado extranjero en las etapas obligatorias superior a 30
Cursos
- 3º, 4º, 5º y 6º de Educación Primaria
- ESO
Objetivos generales de estas aulas
- Proporcionar las competencias lingüísticas en español en las cuatro destrezas: comprensión y expresión oral y comprensión y expresión escrita, de forma que el alumnado de otras lenguas esté capacitado para incorporarse al sistema educativo y al currículo ordinario
- Favorecer la adquisición de un vocabulario curricular de las distintas áreas que facilite su proceso de escolarización
- Introducir el conocimiento del medio natural y social, poniendo el énfasis en los aspectos sociales y culturales de Asturias y España
- Reforzar las competencias instrumentales básicas
- Proporcionar la adquisición de los conocimientos, estrategias y habilidades que les ayuden a integrarse en la vida cotidiana de los centros educativos y en el entorno que les rodea
Resumen de propuesta de organización del Aula de Acogida (de acuerdo con las orientaciones de las circulares específicas de Aulas de Acogida de Septiembre de 2006)
http://www.educastur.es/index.php?option=com_docman&task=cat_view&gid=261&Itemid=133
NIVEL 1 – Inmersión Lingüística |
Alumnado |
Horario |
Permanencia |
- recién incorporado
- que presente un nivel nulo o muy bajo de competencia lingüística en español
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- 10/15 horas de español como segunda lengua
- Resto del horario, con su grupo, materias EF, Plástica, Idioma, Música...
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- Tiempo no superior a un trimestre
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NIVEL 2 – Inmersión Lingüística y Acceso al Currículo |
Alumnado |
Horario |
Permanencia |
- De otras lenguas maternas
- Que ya ha superado el nivel 1
- Que ya ha adquirido unas competencias comunicativas básicas en español
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- 6 / 7 horas de español como segunda lengua
- 3 / 4 horas del área sociolingüística
- 3 / 4 horas del área científico-técnica
- Resto del horario, con su grupo, materias EF, Plástica, Idioma, Música...
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- Tiempo no superior a dos trimestres
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NIVEL 3 – Refuerzo Educativo y Acceso al Currículo |
Alumnado |
Horario |
Permanencia |
- De otras lenguas maternas que ha superado los niveles 1 y 2
- De origen hispano que presente carencias en las áreas instrumentales básicas
- Dificultades de acceso al currículo ordinario
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- 3 horas de español como segunda lengua
- 6 horas del área sociolingüística
- 6 horas del área científico-técnica
- Resto del horario, con su grupo, materias EF, Plástica, Idioma, Música…
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- Tiempo no superior a tres trimestres
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AULAS INTENSIVAS DE INMERSIÓN LINGÜÍSTICA
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OTRAS MEDIDAS
Sustitución de la materia optativa
Circular de 19 de junio de 2007 de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se dictan instrucciones para la implantación en el curso 2007- 2008 de las enseñanzas definidas en el Decreto 74/2007, de 14 de junio, por el que se regula la ordenación y establece el currículo de la Educación secundaria obligatoria en el Principado de Asturias:
Para el alumnado que se incorpore a un aula de acogida y acceso al currículo en su nivel de inmersión lingüística o a un aula intensiva de inmersión lingüística podrá autorizarse la sustitución de la materia optativa. El Director o la Directora del centro docente, a propuesta del equipo educativo, previa consulta al Departamento de orientación y oídos los padres, podrá autorizar la sustitución de la materia optativa por el programa de refuerzo correspondiente, haciendo constar esta circunstancia en el expediente académico del alumno o alumna.
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