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Transportistas

Conductor/a de Camión de Mercancías Peligrosas

Para poder ejercer su trabajo, este/a profesional debe contar con el permiso de conducción correspondiente al vehículo que emplee para su labor, y con la licencia que le capacite para el transporte de mercancías peligrosas, conocido como carné ADR, ya que es aquel que acata la normativa del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas.
-Para conseguir el carné ADR debe superar un examen teórico, formado por una parte básica común de 32 preguntas y una parte específica de otras 32 preguntas. En la parte específica el/la candidata/a debe optar por una de las tres especialidades disponibles: cisternas, explosivos o radioactivas.
Además para conseguir este permiso también debe realizar un Curso de Asistencia Obligatoria de 18 horas básicas y al menos nueve de prácticas para la especialidad elegida en un centro de formación autorizado por la Dirección General de Tráfico.
-Para poder conducir un camión es necesario contar con el carné C1, que capacita para conducir camiones de pequeño tonelaje cuya masa máxima autorizada esté entre los 3500 y los 7500 kilos, o con el carné C, que capacita al titular para conducir camiones de cualquier tonelaje.
En ambos casos el número de asientos del vehículo no podrá exceder el de nueve, incluyendo el del conductor/a. Además se les podrá enganchar un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda los 750 kilos.
El examen teórico para obtener este carné consta de 32 preguntas tipo test sobre aspectos mecánicos y 16 preguntas de carácter específico. Una vez superada la parte teórica, el/la alumno/a debe pasar una doble prueba práctica, por pista y por ciudad.
El/la candidata/a debe valorar que para poder presentarse al examen del permiso C es necesario tener 21 años, ya que en caso contrario sólo podrá obtener un carné especial más limitado.
-Cuando el/la conducto/ar necesite remolcar una masa mayor a la permitida por estos permisos deberá poseer también el permiso de clase E, que le permitirá añadir al vehículo un remolque cuya masa máxima autorizada exceda los 750 kilos.
-Para poder prepararse, este/a profesional puede optar por la formación ofrecida por los cursos de formación ocupacional, o por la que se imparte en las autoescuelas que tramitan dichos permisos.
htttp://www.ponseditorial.com/servicios/buscar_autoescuela.
-El área de transporte por carretera de la familia de transportes y comunicaciones de las especialidades de uso general de la formación ocupacional incorpora cursos dedicados al: "Transporte de mercancías peligrosas por carretera", "Conductor/a de vehículo clase C1-C", " Conductor/a de camiones de remolque de clase E" y "Conductor/a de camión pesado", que pueden suponer una buena base formativa para este/a profesional.
Http://www2.inem.es/sggfo/FormacionOcupacional/especialidades/formacion/index/asp
-Además, dentro de los cursos sin área definida de las especialidades de uso general de esta misma familia profesional de la Formación Ocupacional se encuentra uno dedicado al "Consejero/a de Seguridad", cuya realización es de gran interés para un/a conductor/a de camión de mercancías peligrosas.
-Por otro lado, resulta muy conveniente que este/a profesional conozca las ayudas y subvenciones que existen para los/as transportistas.
Http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/TRANSPORTE_POR_CARRETERA/_INFORMACION/SUBVENCIONES/default.htm.
-Debe dominar la legislación vigente en materia de transporte de mercancías peligrosas por carretera. Para ello tiene que valorar los contenidos de la legislación nacional (TPC), la legislación europea (ADR), los convenios y los acuerdos internacionales. Sobre todo los convenios internacionales que han sido suscritos por España y que catalogan los tipos de mercancías peligrosas existentes. Tal es el caso del RID, Reglamento Internacional sobre el Transporte de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril, el ADR, Acuerdo Europeo sobre Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera, y el COTIF, Convenio relativo a los Transportes Internacionales por Ferrocarril.
En este mismo punto resulta interesante que tenga en cuenta varios Reales Decretos que afectan a su ámbito de actuación. Como es el caso del Real Decreto 1256/2003 de 3 de octubre, que determina las autoridades competentes de las Administración General del Estado en materia de transporte de mercancías peligrosas, y el Real Decreto 1566/1999 de 8 de octubre, que trata sobre los consejeros de seguridad para el transporte de mercancía peligrosas por carretera, ferrocarril y vía navegable.
Http://www.fomento.es/mfom/lang_castellano/direcciones_generales/transporte_por_carretera/_informacion/normativa/rd/default.htm.
-Así mismo este/a profesional tiene que ser capaz de identificar las diferentes mercancías peligrosas que son objeto de transporte. Para ello debe valerse de los códigos que la ONU emplea para dicho fin. En este apartado es conveniente que, además de identificar las mercancías, también sea capaz de conocer sus principales características, así como de evaluar su grado de peligrosidad.
-También debe saber cómo actuar en caso de emergencias del vehículo. Para ello resulta imprescindible, entre otras medidas, que conozca y aplique los protocolos de actuación en accidentes y averías de un vehículo que transporta mercancías peligrosas, así como que sepa elaborar un informe del accidente o la avería sufrida.
Http://www.proteccioncivil-andalucia.ogr/Planificacion/PlanTMP.htm.