| Publicado por Ángel Adrián Medina |
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27 de Abril de 2008 |
Soy Adrián, alumno de Comunicación Audiovisual y Multimedia del IES Roces de Gijón. Actualmente estoy montando un vídeo que va a tratar sobre las actividades hechas desde la biblioteca del instituto, pero ya empiezo a pensar en el audio. Tengo la voz en off preparada, pero se me plantea una duda con respecto a la música que voy a escoger. Había pensado usar una música clásica de fondo, tipo Chopin, y sé que si han pasado 70 años no va a haber derechos patrimoniales, pero ¿Qué pasa con el derecho moral? Mi pregunta es ¿Tengo que pedir algún permiso a alguien para hacer este vídeo para el instituto?
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Laura Méndez dice:
La duda que plantea Adrian es muy interesante y nos puede surgir a todos cuando queremos utilizar la obra de otros en nuestra creación. En el caso que plantea se trata de usar una obra de un autor muerto hace más de 70 por lo que, como el mismo nos dice, los derechos patrimoniales ya no existen. ¿Pero que pasa con el derecho moral del autor sobre su creación?. Este derecho nunca preescribe aunque haya fallecido el autor, siempre tendremos que reconocer su autoría, pero ya no necesitamos pedir permiso para utilizar su creación en nuestra obra.
seguro que la duda de Adrian nos ha ayudado a todos a seguir pensando sobre aspectos relacionados con la propiedad intelectual que como vemos nos afceta a todos tanto cuando somos usuarios como cuando nos convertimos en creadores
Laura Méndez dice:
Hola de nuevo, he seguido pensando en la duda de Adrían y voy a añadir un comentario más que espero que nos ayude a todos. Cuando empleamos como creadores una composición musical creada por otros, como en el caso que nos plantea Adrían de un autor clásico y ya desaparecido, sabemos ya que siempre debemos citar de quién es esta obra.
La duda que me planteo es ¿qué pasa con los interpretes que han grabado esa obra, con la orquesta y los músicos la han ejecutado en ese disco que vamos a utilizar?
Si revisamos los contenidos que hay en esta página, cuando hablamos de los creadores llegamos a la conclusión que también debemos citar a los interpretes de la música que vamos a utilizar.
Si nos fijamos en los créditos de las péliculas, cuando utilizan piezas clásicas suelen citar a los interpretes, fijaros la próxima vez cuando veáis una pélicula….